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Herramienta

Calculadora de carga de fuego

Según el Anexo VII del Decreto 351/79: cargás la superficie del sector y los materiales con su peso y su poder calorífico, y sale la carga de fuego en kilos de madera equivalente por metro cuadrado, con el paso a paso para tu informe. Los cálculos se hacen en tu navegador; no se envía ningún dato.

El sector de incendio

Un cálculo por sector. Si el establecimiento tiene varios, repetilo para cada uno.

Sin medios de escape ni locales sanitarios o de uso común.

Lo definís vos según la Tabla 2.1 y el material predominante.

Los materiales

Peso total de cada material en el sector y su poder calorífico inferior. El decreto sólo fija el de la madera patrón; el del resto sacalo de la ficha técnica y citá la fuente en el informe.

Carga de fuego
— kg/m²

Kilos de madera equivalente por metro cuadrado.

Resistencia al fuego · cuadro 2.2.1
—

Anexo VII, punto 2.2.

Resistencia al fuego · cuadro 2.2.2
—

El 6.1.1 manda elegir el cuadro según la ventilación, natural o mecánica.

Potencial mínimo clase A
—

Tabla 1 del Anexo VII.

Potencial mínimo clase B
—

Tabla 2. Líquidos con más de 1 m² de superficie: Art. 177.

Matafuegos por superficie · mínimo
—

Uno cada 200 m² o fracción (Art. 176 y punto 7.1.1). La distancia máxima a recorrer hasta un matafuego es de 20 m para fuegos clase A y 15 m para clase B: según la planta, eso puede exigir más equipos.

La fórmula

  • Q = Σ (Pᵢ × Hᵢ)  [MJ]
  • qf = Q / (18,41 MJ/kg × S)  [kg/m²]

Pᵢ es el peso de cada material en kg; Hᵢ, su poder calorífico inferior en MJ/kg; S, la superficie de piso del sector en m². 18,41 MJ/kg es la madera patrón del Anexo VII, unas 4.400 kcal/kg (1 kcal = 4,184 kJ).

Qué dice el Anexo VII

Carga de Fuego: Peso en madera por unidad de superficie (kg/m2) capaz de desarrollar una cantidad de calor equivalente a la de los materiales contenidos en el sector de incendio. Como patrón de referencia se considerará madera con poder calorífico inferior de 18,41 MJ/Kg.

El mismo punto agrega que los líquidos y gases contenidos en tuberías, barriles y depósitos se consideran uniformemente repartidos sobre toda la superficie del sector. El sector de incendio es el local o conjunto de locales delimitados por muros y entrepisos de resistencia al fuego acorde con el riesgo y la carga de fuego que contiene, comunicado con un medio de escape; los trabajos al aire libre también cuentan como sector. Y el Art. 183 pide que cada sector tenga indicada su carga de fuego en forma bien visible.

Los riesgos (Tabla 2.1)

El riesgo sale de la actividad predominante y de cómo se comportan los materiales ante el fuego. El riesgo 1, explosivo, se considera solamente como fuente de ignición.

Tabla 2.1 del Anexo VII: riesgo por actividad predominante
Actividad predominanteR1R2R3R4R5R6R7
Residencial, administrativoNPNPR3R4———
Comercial, industrial, depósitoR1R2R3R4R5R6R7
Espectáculos, culturaNPNPR3R4———

R1 = Explosivo · R2 = Inflamable · R3 = Muy combustible · R4 = Combustible · R5 = Poco combustible · R6 = Incombustible · R7 = Refractario · NP = no permitido.

Resistencia al fuego (cuadros 2.2.1 y 2.2.2)

La resistencia al fuego de los elementos estructurales y constructivos se determina según el riesgo y la carga de fuego. El punto 6.1.1 manda usar el cuadro que corresponda a la ventilación del local, natural o mecánica; el texto oficial publica los dos cuadros con su número pero sin ese rótulo, así que acá van tal cual.

Cuadro 2.2.1
Carga de fuegoRiesgo 1Riesgo 2Riesgo 3Riesgo 4Riesgo 5
Hasta 15 kg/m²—F 60F 30F 30—
Desde 16 hasta 30 kg/m²—F 90F 60F 30F 30
Desde 31 hasta 60 kg/m²—F 120F 90F 60F 30
Desde 61 hasta 100 kg/m²—F 180F 120F 90F 60
Más de 100 kg/m²—F 180F 180F 120F 90
Cuadro 2.2.2
Carga de fuegoRiesgo 1Riesgo 2Riesgo 3Riesgo 4Riesgo 5
Hasta 15 kg/m²—NPF 60F 60F 30
Desde 16 hasta 30 kg/m²—NPF 90F 60F 60
Desde 31 hasta 60 kg/m²—NPF 120F 90F 60
Desde 61 hasta 100 kg/m²—NPF 180F 120F 90
Más de 100 kg/m²—NPNPF 180F 120

Los cuadros no fijan valor para los riesgos 6 y 7, ni para el riesgo 1. NP = no permitido.

Potencial extintor y cantidad de matafuegos

El potencial mínimo de los matafuegos para fuegos clase A sale de la Tabla 1 y para clase B de la Tabla 2, salvo líquidos inflamables con más de 1 m² de superficie: para esos, el Art. 177 pide una unidad extintora clase B por cada 0,1 m² de superficie líquida.

Tabla 1 · fuegos clase A
Carga de fuegoRiesgo 1Riesgo 2Riesgo 3Riesgo 4Riesgo 5
Hasta 15 kg/m²——1 A1 A1 A
Desde 16 hasta 30 kg/m²——2 A1 A1 A
Desde 31 hasta 60 kg/m²——3 A2 A1 A
Desde 61 hasta 100 kg/m²——6 A4 A3 A
Más de 100 kg/m²A determinar en cada caso.
Tabla 2 · fuegos clase B
Carga de fuegoRiesgo 1Riesgo 2Riesgo 3Riesgo 4Riesgo 5
Hasta 15 kg/m²—6 B4 B——
Desde 16 hasta 30 kg/m²—8 B6 B——
Desde 31 hasta 60 kg/m²—10 B8 B——
Desde 61 hasta 100 kg/m²—20 B10 B——
Más de 100 kg/m²A determinar en cada caso.

En cuanto a la cantidad, el Art. 176 pide como mínimo un matafuego cada 200 m² de superficie a proteger, con una distancia máxima a recorrer de 20 m para fuegos clase A y 15 m para clase B. El punto 7.1.1 agrega que todo edificio debe tener, en cada piso, matafuegos con un potencial mínimo equivalente a 1 A y 5 BC, a razón de uno cada 200 m² de superficie cubierta o fracción.

Cómo lee los tramos la calculadora

Los cuadros usan tramos en números enteros: hasta 15, desde 16 hasta 30, y así. Una carga de fuego de, por ejemplo, 15,4 kg/m² no cae en ninguno de los dos al pie de la letra. La calculadora la asigna al tramo siguiente, que es el más exigente: hasta 15 es hasta 15 inclusive, y lo que lo supera ya es del tramo de 16 a 30. Si tu criterio es otro, el paso a paso te deja el número exacto para que lo apliques.

Lo que esta calculadora no resuelve

  • El riesgo del sector. Lo clasificás vos con la Tabla 2.1 y las definiciones de materias del punto 1.5.
  • Los poderes caloríficos. El decreto no publica una tabla por material; sólo fija la madera patrón.
  • Las condiciones específicas de situación, construcción y extinción (S, C y E) por uso, ni los medios de escape.
  • La construcción, el agro y la mineríatienen sus propios reglamentos (Decretos 911/96, 617/97 y 249/07), y según InfoLEG el 351/79 no se les aplica; en el agro y la minería, salvo las remisiones expresas de sus propios reglamentos.

La autoridad competente puede exigir más matafuegos o instalaciones fijas cuando la naturaleza del riesgo lo justifique (punto 7.1.2).

¿La llevás para toda tu cartera?

En Inditia Safe la carga de fuego queda guardada por sector, con historial para comparar cuando cambia lo que se almacena, junto al parque de matafuegos y sus vencimientos.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la carga de fuego?

Según el Anexo VII del Decreto 351/79, es el peso en madera por unidad de superficie (kg/m²) capaz de desarrollar una cantidad de calor equivalente a la de los materiales contenidos en el sector de incendio. La madera de referencia tiene un poder calorífico inferior de 18,41 MJ/kg.

¿Son 18,41 MJ/kg o 4.400 kcal/kg?

Es lo mismo en dos unidades. El texto actualizado del decreto dice 18,41 MJ/kg; dividido por 4,184 kJ/kcal da unas 4.400 kcal/kg, que es el valor que se sigue citando. La calculadora acepta el poder calorífico en cualquiera de las dos unidades.

¿Por qué no trae una lista de poderes caloríficos por material?

Porque el Decreto 351/79 no la trae. El único poder calorífico que fija es el de la madera patrón. El de cada material lo tomás de su ficha técnica o de la bibliografía que uses, y conviene dejar citada la fuente en el informe.

¿Qué superficie uso?

La del sector de incendio. El Anexo VII define la superficie de piso como el área total comprendida dentro de las paredes exteriores, menos la ocupada por medios de escape, locales sanitarios y otros de uso común del edificio.

¿Cómo cuento los líquidos y gases?

Los materiales líquidos o gaseosos contenidos en tuberías, barriles y depósitos se consideran uniformemente repartidos sobre toda la superficie del sector de incendio. Sumás su peso como el de cualquier otro material.

¿Cuál de los dos cuadros de resistencia al fuego me corresponde?

El punto 6.1.1 del Anexo VII manda usar el cuadro que corresponda según la ventilación del local, natural o mecánica. El texto oficial publica los cuadros como 2.2.1 y 2.2.2 sin rotular cuál es cuál, así que la calculadora te muestra los dos y la elección queda a tu criterio profesional.

Fuentes

Verificado contra el texto oficial el 30/09/2026. El texto oficial es el único válido.