Es la norma con más confusión práctica del sistema, y casi toda se concentra en una pregunta: quién tiene a cargo cada examen.
Los cinco tipos de examen
La resolución establece los exámenes médicos incluidos en el sistema de riesgos del trabajo:
| Examen | Cuándo |
|---|---|
| Preocupacional o de ingreso | Antes del inicio de la relación laboral |
| Periódico | Durante la relación, según el riesgo de exposición |
| Previo a cambio de actividad | Antes de asignar tareas con otros riesgos |
| Posterior a ausencia prolongada | Al reincorporarse |
| De egreso | Al terminar la relación laboral |
Quién tiene a cargo qué
Acá está el nudo. Los exámenes periódicos se realizan bajo responsabilidad de la ART o del empleador autoasegurado, según el riesgo al que esté expuesto el trabajador.
Es distinto del preocupacional, que es obligatorio y debe hacerse antes del inicio de la relación laboral, con la finalidad de determinar la aptitud del postulante según sus condiciones psicofísicas para las actividades que se le van a requerir.
Aptitud no es admisibilidad
El texto es explícito y vale citarlo: el preocupacional en ningún caso puede ser utilizado como elemento discriminatorio para el empleo.
La distinción es concreta. El examen determina si la persona es apta para las tareas de ese puesto; no habilita a descartarla por una condición de salud ajena a esas tareas. Cuando aparece una limitación, la pregunta correcta es si el puesto puede adecuarse, no si la persona sirve.
De qué depende qué estudios corresponden
De los agentes de riesgo del puesto. Un puesto con exposición a ruido lleva estudios audiométricos; uno con exposición a sílice, los que correspondan a ese agente. Por eso los exámenes no se definen desde recursos humanos sino desde la nómina de personal expuesto a agentes de riesgo, que es parte del mapa de riesgos que pide la Res. SRT 905/15.
Ahí se cierra el círculo con las mediciones: si el protocolo de ruido muestra exposición por encima del límite, ese puesto tiene que estar en la nómina de expuestos, y las personas de ese puesto tienen que tener el estudio correspondiente.
Cómo se registra en Inditia Safe
Inditia Safe no lleva hoy el legajo de exámenes médicos: los periódicos están a cargo de la ART o del empleador autoasegurado, y es con ellos donde se coordinan y se archivan.
Lo que sí resuelve Safe es el paso anterior, que es el que suele fallar: el Mapa de Riesgos mantiene los agentes de riesgo por puesto y la nómina de personal expuesto, que es lo que determina qué estudios corresponden a quién. Sin esa nómina bien armada, la ART no puede programar los exámenes correctos.
Fuente oficial
- Resolución SRT 37/2010 — texto oficial
- Normas que modifican la Res. 37/2010
- Para qué sirven los exámenes médicos (SRT)
Esta página resume la norma con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. El texto oficial es el único válido y puede haber sido modificado después de la fecha de verificación.
Preguntas frecuentes
¿Los exámenes periódicos los paga el empleador o la ART?
Los periódicos se realizan bajo responsabilidad de la ART o del empleador autoasegurado, según el riesgo al que está expuesto el trabajador. Es la confusión más común del sistema.
¿El preocupacional es obligatorio?
Sí, y debe realizarse antes del inicio de la relación laboral. Su finalidad es determinar la aptitud del postulante según sus condiciones psicofísicas para las tareas que se le van a requerir.
¿Se puede rechazar a alguien por el resultado del preocupacional?
La norma es explícita: en ningún caso el examen preocupacional puede ser utilizado como elemento discriminatorio para el empleo. Determina aptitud para tareas concretas, no admisibilidad de la persona.
¿Qué exámenes corresponden en cada caso?
Depende de los agentes de riesgo a los que esté expuesto el puesto. Por eso la nómina de personal expuesto —del mapa de riesgos— es la que determina qué estudios corresponden a quién.
¿La resolución sigue vigente tal como se dictó?
Fue modificada varias veces desde 2010, entre otras por las resoluciones 301/2011, 999/2012, 270/2015, 15/2018, 705/2019 y 38/2021. Conviene leer siempre el texto actualizado.